La primera noticia
que poseemos de Alfacar como tal núcleo de población, data
de la época Zirí (1010-1090), lo que hace pensar que el origen
de la población es del siglo X, o quizás anterior, cuando
se cita Alfajar, “alquería del alfarero o de la arcilla”.
En el siglo XI, se habla
del encauzamiento y acueductos que dirigían las aguas de Alfacar
a Granada y de la costumbre de los monarcas Ziríes de pasar temporadas
en los cármenes y alquerías de la localidad, en concreto,
la Pascua de los “Alaceres”, o vendimia otoñal y sus “azahazcas”,
fiestas y jolgorios. También los nobles granadinos, acostumbraban
a pasar temporadas de descanso en los cármenes y alquerías de
los alrededores.
En
aquella época, en el entorno de Aynadamar, se levantaban
palacios, mezquitas y edificios altos y fortificados, actualmente siguen
existiendo cimientos de algunas construcciones - e incluso baños
donde se hacían las abluciones propias de la religión musulmana
- como testimonio de ello, se conservan restos, así tenemos “ La
Casa del Baño”, en la actualidad dando nombre a una placeta,
que al igual que la casa, se llama “del Baño”. También Jorquera
cita la existencia de un castillo, construcciones cercanas a un Mimbar
del que no han llegado restos a nuestros días. Además,
existían torres de las que tampoco ha quedado vestigio alguno,
pero por la literatura existente, se emplazarían en la zona Sur
del municipio, según las capitulaciones originales de la rendición.
En
esta época se habla de una población de 980 personas, con
un padrón de viviendas de 245 casas y se dividía el municipio
en dos barrios: Alfacar Alta y Alfacar Baja.
En
los siglos XIV y XV, la localidad viene registrada por diferentes autores
como Al-Jatib o Ibn- Battuta, tanto para lugar de recreo o diversión,
como para escenario de las continuas luchas de los últimos años
de la Reconquista, siendo Alfacar uno de los últimos pueblos en
rendirse ante los Reyes Católicos, pero antes de la Toma de Granada,
el 22 de Diciembre de 1491, se firman las “Capitulaciones de Alfacar” por
los habitantes musulmanes que ponían fin al último foco de
resistencia de los nazaríes ante las tropas de los Reyes Católicos,
en la que fue la última capitulación de la guerra.
La
rebelión de los moriscos a finales del siglo XVI - sublevación
de Aben Humeya en la Alpujarra, y a la que se avinieron los moriscos del
reino que tuvo carácter violento - no tuvo eco en Alfacar, limitándose
los de la localidad a subir a “Las Canteras” en señal de protesta;
con motivo de esa sublevación, se da una pragmática de Felipe
II, en 1570, que decreta la expulsión de los moriscos, cuyas familias
tuvieron que abandonar sus casas, tierras y enseres camino del destierro,
población que fue sustituida por familias procedentes de La Mancha,
Navarra, León, Galicia, Vizcaya, Montilla, Lucena, Campotéjar
y Toledo.
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La
Capitulación de Alfacar y posterior
Expulsión Morisca.
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La
capitulación de Alfacar, el 22 de diciembre de 1491, ponía
fin al último foco de resistencia de los nazaríes
ante las tropas de los Reyes Católicos en su decidida
marcha sobre la capital. Se alcanzaba así la que “en rigor,
es la última capitulación de la guerra y suscribe
aproximadamente todo lo acordado en Granada días atrás,
lo que supone que los términos de la capitulación
de la ciudad eran del dominio público antes de la entrada”.
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Fue acordada entre los Reyes Católicos
y Mohamad Alfoaty y Yuca Mocatil, alcaldes de las “torres”
de Alfacar “por sy é en nombre de los alguaciles, alcadís,
alfaquíes, e viejos é buenos onbres, chicos é
grandes, machos é henbras, de la villa de Alfacar” y
se compone de nueve puntos:
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1.
En el primero, se acoge a
los habitantes musulmanes como “vasallos é súbditos
e naturales”; se les dejan “sus casas é faziendas”
y se les concede la permanencia en su ley y ser juzgados
por sus autoridades “con consejo de sus alcadís”,
con todas las garantías de justicia, honra, “amparo
é seguro é defendimiento Real” como corresponde a
servidores y vasallos.
2.
A quienes quisieran pasar
“allende”, se les da todo tipo de garantías, según
el orden recogido en la capitulación de la ciudad
de Granada.
3.
Se les garantiza total
libertad de movimientos dentro de los “nuestros Reynos e
señoríos”, así como en las transacciones
comerciales, disposición de sus haciendas, etc.
4.
No pagarán en los “puertos”
más derechos que los cristianos.
5.
Se les perdonan todos los
delitos, aun los de sangre, cometidos en el pasado.
6.
Se les conceden franquicias,
por tres años, para veinte casas “quales ellos
nombraren”.
7.
Asimismo, para sembrar 170
cadahes de tierra y un molino de aceite de los alcaides
citados, “sin las lleuar por las dichas tierras nin por
el dicho molino cosa alguna”.
8.
Se ordena la liberación
de cuatro moros en poder de sendas personas principales,
y
9.
Se asienta que el cadí
Abenmuza y Alí Mocatil sean alguaciles de Alfacar
con todos los privilegios, “segund que fasta aquí”.
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El día 23, viernes,
de diciembre, se entregarían “las torres de la dicha
villa”, así como los cautivos cristianos que a la sazón
hubiere. “Por mandado” de los reyes, firmaba su secretario
Hernando de Zafra.
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Este corto articulado sentaba –y
es lo que verdaderamente interesa- las garantías suficientes
para el mantenimiento de la población musulmana preexistente.
Las capitulaciones de Granada, más generales y ambiciosas
–por cuanto iban a echar las bases del status futuro
de una gran parte del reino-, reafirmaban categóricamente
el contenido de la particular de Alfacar. La evolución posterior,
tan adversa para la minoría musulmana, es otra historia;
la rebelión de 1500, un primer eslabón de una cadena
ininterrumpida de actuaciones, de una y otra parte, en que la intolerancia
jugó el mayor papel, sobre todo, cuando la corriente
burocrática encabezada por don Pedro de Deza impuso en
todo su rigor una política de asimilación brutal
de la etnia morisca; el alzamiento de 1568 y la guerra subsiguiente,
el capítulo final, con la triste secuela del destierro
masivo de la comunidad morisca.
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En la navidad de 1568, la rebelión
morisca era un hecho que pronto afectaría a las zonas
más sensibilizadas del reino, allí donde la población
morisca era mayor y donde la crisis de la sericultura había
incidido más crudamente, en coincidencia causal con la
mayor lejanía de la ciudad y de su control. Alfacar siguió
la tónica pacífica de la Vega. Como informa Henríquez
de Jonquera, “levantáronse sus moriscos cuando el alzamiento,
subiéndose a la sierra, mas fue sin daño de los
vecinos cristianos y de sus clérigos, quedando su templo
entero y sin detrimento alguno”. Esta actitud no determinó,
como es sabido, un trato diferencial respecto de los que empuñaron
las armas.
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El 28 de octubre de 1570 se ordenó, por
Felipe II, la expulsión de los moriscos del Reino de Granada,
seguida de una real cédula, de 24 de febrero de 1571,
en que, además de la confirmación de la expulsión,
se disponía la confiscación de todos sus bienes, como
pena establecida por el derecho y las leyes del reino para
“los incursos en los crímenes ‘lesae divinae et humanae
majestati’”. Esta confiscación afectaba a todos los moriscos
alzados en armas y a sus cómplices y ayudadores; pero,
junto a ellos, existían otros, también expulsados, que
no habían participado en la rebelión, y por tanto
no se les podía aplicar la pena de la confiscación.
A éstos, se les expropiaba, porque al estar ausentes no
podían atender a la administración y cuidado de sus
haciendas; “se trata –dice Oriol Catena- de una expropiación
fundada en las necesidades del cultivo y en la imposibilidad
por parte del propietario y se establece la correspondiente indemnización
que es lo característico de la expropiación”.
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Inmediatamente, se abría “el período
de repoblación”, con la emisión de la instrucción
del 22 de marzo de 1571 para la “repoblación y administración
de la hacienda confiscada a los moriscos”. Repobladores que
procedían en su mayoría de La Mancha, Navarra,
León, Galicia, Vizcaya, Montilla, Lucena, Campotéjar y Toledo.
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